Esta Política de Salvaguarda de Menores se aplica a los miembros de los SP en los Estados Unidos, Filipinas, México y Costa Rica.

La Política de Salvaguarda de Menores para los miembros de los SP en el Reino Unido y el Líbano tiene elementos distintivos debido a los requisitos de protección de menores en esos países y se puede encontrar aquí.

Si está buscando contactos en cada región, diríjase aquí; para las Juntas de Revisión, haga clic aquí.

Sección 1: Introducción

Los Siervos de la Palabra estamos comprometidos a salvaguardar a todos los menores y jóvenes sin importar su género, etnia, incapacidad, sexualidad o creencias. Nos aseguraremos de que nuestras relaciones con todos estén caracterizadas por el respeto, la modestia, el autocontrol, y la preocupación por el bien de los demás, incluyendo el bien físico, emocional, social y espiritual. Siempre será una prioridad y parte de nuestra misión el crear un ambiente seguro para todas las personas a las que servimos.

Las siguientes políticas y prácticas buscan asistir a los miembros para que tomen decisiones sobre las interacciones con menores en la misión/servicio y en todos los demás contextos.

Los miembros deben también respetar cualquier Política de Protección de Menores implementada por la organización donde sirvan. Donde haya diferencias entre las políticas de salvaguarda de menores de la organización y la de los Siervos de la Palabra, los miembros deben apegarse a la que sea más estricta.

Sección 2: Definiciones de términos sobre personas referenciadas

Los términos ‘niño’, ‘niños’, ‘joven’ o ‘menor’ significan cualquier persona bajo la edad de 18, y pueden ser usados de forma más o menos intercambiable.

El término ‘padre’ significa el padre o madre de nacimiento o adoptivo, el custodio legal o el guardián legal de un menor.

Un ‘hermano’ o ‘miembro’ de los Siervos de la Palabra (SP) significa cualquier hermano comprometido o hermano que esté en formación.

Sección 3: Relacionarnos con menores

Los miembros de los SP tienen algún grado de interacción con menores en los diversos contextos en los que sirven, trabajan y viven, incluyendo pero no solo:

  • Trabajo con jóvenes: actividades relacionadas con nuestro servicio y misión como orden religiosa.
  • Relaciones personales: con individuos y familias tanto dentro como fuera de la vida comunitaria de la Espada del Espíritu (EDE), incluyendo sus amigos personales y conocidos.
  • Sus propias familias: Dentro de las familias de los hermanos hay un mayor rango de expresión de interacciones con menores basadas en la naturaleza particular de tales relaciones, la confianza que viene de ser miembros de la misma familia, y las prácticas y tradiciones entre los miembros de la familia. Los hermanos pueden tener un gran impacto en estas relaciones (sus hermanos menores, sobrinos, etc.), y así deben conducirse con prudencia dentro del contexto de la familia, mantener buena comunicación con los padres y respetar el espíritu general de esta política.

Se espera que los miembros se adhieran a los siguientes estándares éticos y de comportamiento en todos los aspectos de su vida personal y labor misionera.

Sección 4: Código de conducta de los Hermanos SP

Los hermanos se asegurarán de que sus interacciones con menores estén caracterizadas por el respeto, la modestia y el interés por el bien del menor.

Nos relacionaremos con los menores de una forma que siempre sea apropiada a la naturaleza y el propósito de la relación con ellos (como padrinos, o líderes de jóvenes, tíos, etc.)

Cualquier forma de abuso, incluyendo el abuso sexual, hacia un menor está totalmente prohibido. Para ese fin, es importante reconocer que es la responsabilidad de todos los miembros el proteger a los menores de cualquier tipo de daño en todo momento, y el respetar este Código de Conducta. Los siguientes estándares para interacciones con menores son una lista no exhaustiva de conductas apropiadas e inapropiadas.

Las expresiones de afecto entre un miembro y sus familiares también deben reflejar estos estándares, normas sociales apropiadas y las tradiciones familiares.

Los hermanos deben reportar cualquier revelación de abuso o maltrato de menores, problemas significativos de comportamiento y cómo se manejaron, heridas o cualquier interacción que pueda ser malinterpretada. (Ver sección 5, “El reportar”.)

Principios Generales

Los hermanos buscarán un enfoque balanceado entre ser accesibles a los menores y mantener dignidad, respeto y distancia apropiados que deberían caracterizar las relaciones entre menores y adultos. Las iniciativas que los menores tomen y las respuestas que los menores hagan a hermanos (p.ej., el nivel de familiaridad o afecto de un niño), no deben determinar la forma en cómo los hermanos se relacionan con los menores.

Si un menor se relaciona de una forma demasiado familiar o más afectuosa de lo apropiado, el hermano se asegurará de redirigir las acciones del menor y no relacionarse de la misma manera a cambio.

Los hermanos serán cuidadosos de no relacionarse con niños en una forma que es o pueda ser interpretada como sexual, sexualmente sugestiva o abusiva.

Los hermanos se vestirán con modestia, como corresponde a hombres que buscan ser ejemplos para los jóvenes.

En situaciones donde los hermanos sean invitados por una familia a tener una relación especial con un menor (ser su padrino, padrino de confirmación o mentor, etc.), se conducirán de acuerdo al propósito de la relación y seguirán nuestras decisiones para relacionarnos con menores. Además, los patrones de relacionarnos con menores en estas relaciones deben ser establecidos y aprobados por los padres.

Comportamientos Prohibidos

Está prohibido para los miembros seguir cualquiera de estos comportamientos:

  • Usar, poseer o estar bajo la influencia de drogas ilegales, o estar ebrio al supervisar a menores.
  • Proveer o permitir a los menores el consumo de alcohol afuera de las leyes y restricciones de edad del país en que esta política esté siendo aplicada, y afuera de ceremonias religiosas cristianas. Las drogas ilegales están prohibidas bajo cualquier circunstancia.
  • Mostrar o exponer a los menores a material sexualmente orientado o moralmente inaceptable como revistas, tarjetas, videos, juegos de video, películas, ropa, imágenes, música, etc.
  • Poseer o distribuir y/o intencionalmente ver pornografía real o virtual de menores.
  • Tener citas o involucrarse románticamente con menores.
  • Formar relaciones exclusivas, secretas o especiales, o establecer favoritos entre menores individuales.

Interacciones Físicas

El afecto apropiado de parte de adultos es importante para el desarrollo del menor. Los SP queremos promover un ambiente positive y edificante, al mismo tiempo que se protege a todos los involucrados. El contacto físico apropiado es promovido, mientras que se prohíben muestras inapropiadas de contacto físico.

Las interacciones físicas con menores deben ocurrir en público, ser apropiadas y deben ser no sexuales (el acrónimo PAN: públicas, apropiadas, no sexuales). Los miembros deben ejercer prudencia al tener contacto físico con menores, y preguntarse si la interacción se percibe como no sexual por alguien externo que ejerce un juicio razonable.

Las interacciones físicas apropiadas incluyen lo siguiente:

  • Abrazos breves, incluyendo arrodillarse o inclinarse para un breve abrazo con un niño pequeño
  • Abrazos hombro a hombro, o con el brazo alrededor del hombro
  • Palmadas en el hombro o la espalda
  • Apretón de manos, palmadas o pequeños golpes puño a puño
  • Tocar las manos, hombros o brazos
  • Brevemente tomarse de las manos para una oración en grupo o al escoltar a un niño pequeño
  • Palmaditas en la cabeza si es culturalmente apropiado
  • Besos en la mejilla si es culturalmente apropiado, para saludar o despedirse, y si la otra persona lo inicia
  • Un menor de cinco años sentado en el regazo

Las interacciones físicas inapropiadas incluyen lo siguiente:

  • Abrazos prolongados o abrazos con contacto físico excesivo
  • Besar la boca
  • Luchar cuerpo a cuerpo
  • Hacer cosquillas
  • Cargar en la espalda
  • Dar cualquier tipo de masaje un hermano a un menor o un menor a un hermano
  • Estar en la misma cama o bolsa de dormir con un menor
  • Cualquier forma de afecto o contacto no deseado
  • Tener cualquier tipo de contacto sexual con menores. Para el propósito de esta política, el contacto sexual incluye pero no se limita a tocar los muslos, genitales, glúteos, región púbica, pecho de otra persona, interacción vaginal, anal y oral.
  • Usar disciplina física en cualquier forma para el manejo de menores. Las formas de disciplina física prohibidas incluyen nalgadas, cachetadas, pellizcos, golpes o cualquier otra respuesta física o corrección por comportamientos inapropiados de menores. Si la seguridad de un menor está en riesgo, los hermanos pueden tomar las acciones necesarias, como brevemente sostener al menor para asegurar su protección (p. ej., para evitar que el menor pase delante de un carro en movimiento, para separar una pelea entre dos menores, para evitar que un menor lastime a otro, etc.). El Oficial de Protección de Menores de los SP  y los padres del menor serán informados de acciones así.

Un hermano reportará a los padres del menor, al OPM-SP, y su supervisor de servicio o anciano cualquier contacto físico que ha ocurrido que pueda parecer cuestionable o hacerse ver cuestionable.

Interacciones Verbales

Los miembros no tienen permitido hablar con menores de una forma que es o pudiera parecer a un observador como dura, coactiva, amenazante, intimidante, que cause vergüenza, despectiva, degradante ni humillante.

Las interacciones verbales apropiadas incluyen lo siguiente:

  • Refuerzo positivo y palabras de ánimo
  • Bromas apropiadas/amistosas
  • Elogios

Las interacciones verbales inapropiadas incluyen lo siguiente:

  • Poner apodos, insultar o tratar como menos
  • Palabras despectivas sobre los miembros de la familia de un menor
  • Usar bromas sexuales, lenguaje sexualmente sugestivo o insinuaciones.
  • Compartir más de la cuenta sobre historia personal
  • Pedirle a los menores que guarden un secreto
  • Cumplidos que tienen que ver con la apariencia física o el desarrollo del cuerpo que pudieran entenderse como de una naturaleza sexual
  • Conversar sobre experiencias, historias o hábitos sexuales, o de cualquier forma involucrar a menores en problemas o asuntos de los hermanos
  • Tener conversaciones de contenido sexual con menores, excepto cuando sea parte de una conversación legítima y apropiada para adolescentes sobre problemas de sexualidad. Tales conversaciones deben transmitir enseñanza cristiana en estos temas.

Un hermano reportará a los padres del menor y su supervisor de servicio o anciano sobre cualquier interacción verbal que haya ocurrido que pueda ser cuestionable o verse como algo cuestionable.

Interacciones uno a uno

Las interacciones uno a uno entre un hermano y un menor puede proveer una oportunidad valiosa para que un menor desarrolle relaciones sanas y crezca en madurez. Estas deben llevarse a cabo con las protecciones apropiadas, que incluyen lo siguiente.

  • Los hermanos evitarán situaciones donde estén solos en privado con un menor (p. ej., estar solos en una casa, en un cuarto con la puerta cerrada, o fuera de la vista de otros adultos, etc.)
  • Al pasar la noche con una familia que no sea la suya, los hermanos nunca estarán en privado con un niño mientras estén en la casa de la familia.
  • Los hermanos no dormirán en el mismo espacio inmediato (cuarto, tienda o similar) con menores a menos que sea requerido por razones de salud o seguridad, y entonces solo si hay otro adulto presente.
  • Los hermanos buscarán primordialmente pasar tiempo con menores en contextos familiares o de servicio, y principalmente en grupo y/o con otros adultos presentes
  • Las interacciones uno a uno para propósitos de apoyo o crecimiento espiritual de un menor deben ser aprobadas de antemano por un supervisor de servicio o anciano, así como con el consentimiento de los padres del menor.
  • Las interacciones uno a uno deben ocurrir en un lugar público, plenamente visible para otros. Los lugares públicos pueden incluir espacios al aire libre frecuentados a menudo por otras personas, un cuarto u oficina con ventanas que permitan la visibilidad hacia dentro del cuarto y donde sea esperable que otras personas pasen
  • Se evitará el contacto físico durante las interacciones uno a uno. Si es inevitable, se debe asegurar que las interacciones físicas y verbales se alineen con este Código de Conducta.

Cuando un hermano se ha encontrado en una situación privada con un menor, la reportará prontamente a los padres del menor, al OPM-SP y a su supervisor de servicio o anciano, si la situación no había sido aprobada de ante mano por ellos.

Comunicación electrónica y redes sociales

La comunicación electrónica y redes sociales proveen muchos beneficios, pero también presentan un contexto privado y el potencial de un mayor acceso a menores, así como de comportamiento inapropiado. Por lo mismo, cualquier uso de comunicación electrónica y redes sociales por los hermanos con menores debe suceder de acuerdo con lo siguiente:

  • Los hermanos usarán teléfonos, redes sociales, cartas y otros modos de comunicación personal con menores en una forma que sea consistente con el Código de Conducta de los SP en lo pertinente a las interacciones verbales y todas las demás secciones.
  • Las comunicaciones electrónicas con niños menores de 14 años deben ocurrir con los padres en vez de con los menores. Los hermanos solo se comunicarán con menores de edad más avanzada (14-17 años) para propósitos definidos (p.ej., la participación en un grupo pequeño del programa de jóvenes, o una reunión aprobada de acompañamiento, etc.) y a través de los medios electrónicos de comunicación previamente aprobados . Los padres deben aprobar tanto el propósito de la comunicación como los medios electrónicos para que ocurra esta comunicación.
  • Toda mensajería relacionada con los programas de misión entre hermanos y menores debe ser apropiada a los propósitos del programa (p.ej., pasar información general o hacer arreglos prácticos). Toda comunicación debe ser profesional y mostrar respeto, paciencia, cortesía, tacto y madurez.
  • No se compartirá con menores los perfiles y/o blogs personales de redes sociales de hermanos. Los hermanos que usen perfiles en redes sociales no agregarán como “amigos”, ni seguirán a menores, ni aceptarán solicitudes de amistad o seguimiento de menores.
  • La comunicación electrónica con menores no debe suceder tarde en la noche sin una buena razón.
  • Los hermanos no subirán imágenes, videos ni comentarios inapropiados.
  • Los hermanos no subirán fotos ni videos de un menor que no pertenezca a su propia familia en sus redes sociales personales, y solo las publicarán en sitios públicos o del servicio/misión con permiso previo de los padres del menor.
  • Si es necesario mantener contacto frecuente con un menor por el tipo de programa o relación (como la de acompañamiento), el patrón de esta interacción debe ser dispuesto y aprobado por los padres, y debe seguir los estándares de relacionarse con menores en situaciones uno a uno.
  • La frecuencia y el contenido de la comunicación con menores, sin importar los medios usados, deben siempre ser apropiados para el rol y la naturaleza de la relación.

Dar y aceptar regalos

No se debe dar un regalo especial a un menor sin la aprobación de los padres del menor (p. ej., un regalo de confirmación, o un regalo a un ahijado).

No se debe recibir regalos de un menor sin la aprobación de los padres del menor. Si ha sido aprobado, el hermano debe recibir el regalo abiertamente e informar a su supervisor o anciano.

Los regalos secretos no están permitidos nunca, y el hermano debe notificar a su supervisor o anciano si un menor le intenta dar un regalo secreto.

Transporte

Los hermanos no transportarán menores sin el permiso de sus padres y la aprobación de su supervisor/anciano.

Al transportar a menores, los hermanos evitarán viajar con un solo menor en el vehículo y respetarán la “regla de tres” (al menos dos adultos transportando un menor, o al menos dos menores presentes con un solo adulto). En caso de que la seguridad o alguna otra consideración haga inevitable el viajar a solas con un menor, el hermano reportará esto inmediatamente a los padres del menor y a su supervisor/anciano.

Si es posible, se llevará al menor en el asiento de atrás, y se evitará todo contacto físico innecesario.

Los hermanos no tienen permitido hacer paradas innecesarias (para asuntos personales) y deben ir directamente a su destino final, que haya sido previamente compartido con los padres del menor y el supervisor/anciano del hermano.

Los hermanos documentarán cualquier situación inusual durante el transporte (p.ej., un incidente de salud con alguno de los menores) y lo reportarán de inmediato a los padres del menor y a su supervisor/anciano.

Vestidores/Duchas/Camerinos

Los vestidores, duchas y camerinos son instalaciones donde los menores son particularmente vulnerables. En consecuencia, todas las actividades en estas instalaciones deben ser monitoreadas de cerca para lo siguiente:

  • Los hermanos salvaguardarán la modestia física y la dignidad de los niños, asegurándose de no estar a solas con ellos en baños, duchas o vestidores.
  • Si por razones de seguridad hay necesidad de supervisar a niños en tales situaciones, esta supervisión solo sucederá con otro adulto presente.
  • Cuando sea posible, los vestidores, baños, duchas u otras instalaciones privadas de adultos estarán separados de instalaciones, baños o duchas para menores.

Sección 5: El Reportar

Es esencial que en nuestras comunidades y lugares donde trabajamos y hacemos ministerio exista un sistema efectivo y transparente de reporte.

Cualquier preocupación o alegato relacionado con el bienestar de un menor, ya sea reportado por un adulto o una persona joven, será tomado seriamente por los Siervos de la Palabra y se responderá de forma apropiada.

Cualquier persona, incluyendo un hermano SP (miembro), empleado o delegado de los SP, puede y debe reportar preocupaciones relacionadas con los SP sobre el trato a menores al Oficial de Protección de Menores (OPM) inmediatamente. Esto incluye preocupaciones que surjan en cuanto a la participación de menores en eventos fomentados por los SP y/o preocupaciones sobre un miembro SP sin importar el contexto.

La respuesta automática de los SP es informar a los padres sobre cualquier problema que afecte a sus menores. Si el contactar a los padres pudiera poner a un menor en riesgo adicional o mayor, esto es, cuando es posible que un padre esté haciendo daño a sus propios hijos, las decisiones sobre comunicación con padres se dejarán al juicio de las autoridades civiles y/o la policía.

Respuesta inicial al traspaso de límites en el trato con menores

Los traspasos de límites (los comportamientos de alarma) son definidos como conducta que es inapropiada, imprudente, y que viola los límites apropiados que se detallan en el Código de Conducta de los SP (sección 4), pero que no llegan al nivel de abuso o de un crimen.

Respuesta por parte de un Hermano (Miembro)

Cuando un hermano observe señales o traspasos de límites, tiene la responsabilidad de responder a ello primeramente interrumpiéndolos. Se anima a los miembros a conversar sus preocupaciones con el hermano que incurre en el comportamiento inapropiado.

Un hermano que tiene una preocupación o está al tanto de que otro hermano ha traspasado límites apropiados descritos en el Código de Conducta, o que presenta señales de alerta de comportamiento inadecuado con menores debe informarlo al OPM y al Anciano Regional (AR) en las siguientes 48 horas al descubrimiento, y entregar un reporte escrito tan pronto como sea posible.

Respuesta por parte de los Siervos de la Palabra

El OPM expresará a la persona/hermano que el reporte del comportamiento se está tomando seriamente.

El OPM hablará con el hermano que ha sido reportado.

El OPM comunicará a los padres del menor sobre preocupaciones en cuanto a traspaso de límites.

Si se necesita más información, el OPM entrevistará o buscará a otros que puedan tener información pertinente.

Respuesta inicial a alegatos de abuso sexual de menores

Estamos comprometidos con responder a toda forma de abuso de menores. Los procedimientos sistemáticos de respuesta a un alegato de abuso sexual, incluyendo aquel alegato que sea anónimo, pueden proteger los derechos de todos, y asegurar que los Siervos de la Palabra responden legal y eficazmente. Los reportes y alegatos de abuso sexual pueden venir de una diversidad de fuentes, incluyendo los presuntos sobrevivientes o miembros de su familia, miembros de los SP, o de un presunto perpetrador. En todo caso, los SP se comprometen a lidiar de forma compasiva con todos los involucrados, al tiempo que protegen los derechos de todos.

Respuesta por un hermano (miembro)

Si a un hermano le es revelado que ha habido abuso, él le asegurará a la persona que lo revela que hace bien en revelar el abuso.

Los hermanos deben reportar cualquier abuso sospechado o conocido contra un menor por parte de un hermano SP a las autoridades civiles. El reporte se hará siguiendo los procedimientos civiles relevantes. Este es el caso si el hermano acusado vive o no, o si es un hermano actualmente miembro de los SP o ya no lo es. El OPM puede ayudar al hermano a hacer este reporte a las autoridades civiles.

Los hermanos deben reportar cualquier abuso sospechado o conocido contra un menor que ahora sea persona adulta, de acuerdo con las leyes civiles relevantes del lugar donde el abuso sexual de menores fue supuestamente perpetrado, sin importar si el SP acusado vive o no, y si es miembro de los SP o ya no lo es.

El hermano recordará al presunto sobreviviente de abuso de menores que ahora sea persona adulta de su derecho a reportar directamente a las autoridades civiles y le animará a hacer su propio reporte.

El hermano debe reportar al OPM y al AR, no más de 48 horas después del descubrimiento, cualquier abuso de menores sospechado o conocido que haya perpetrado un hermano SP o quien haya sido miembro SP, sin importar si la presunta víctima es ahora una persona adulta. Entregará un reporte escrito tan pronto como le sea posible.

Los hermanos también deben reportar cualquier sospecha o conocimiento de posesión, distribución, y/o descarga de pornografía infantil virtual o real, de acuerdo con las leyes civiles relevantes.

Bajo ninguna circunstancia un hermano que esté enterado de un alegato puede llevar a cabo su propia investigación.

Respuesta de parte de los Siervos de la Palabra

Al recibir un alegato de abuso, el OPM informará a las autoridades civiles sobre los alegatos relacionados a abuso tal como se requiera y sea apropiado según las leyes relevantes.

El OPM informará al Anciano Regional y, si es relevante el oficial de respuesta legal, de cualquier alegato que le haya sido presentado. Según sea apropiado, podría informar también al Anciano Presidente, el Administrador Regional y/o el Administrador Mayor. Esta comunicación será hecha de tal forma que se proteja la identidad de la presunta víctima.

El OPM informará a los padres del menor sobre los alegatos (siguiendo la sección 4 del Código de Conducta).

El OPM buscará reunir información suficiente para completar un reporte escrito preliminar. El reporte debe incluir la siguiente información: el nombre de la presunta víctima; la edad de la presunta víctima; la dirección y número de teléfono de la presunta víctima; el nombre del acusado; las fechas aproximadas del presunto abuso; la naturaleza, tipo y ubicación del presunto abuso; quién hizo el reporte; y cualquier detalle adicional que sea relevante.

El OPM se asegurará de que el AR informe al Moderador de la Junta de Revisión sobre los alegatos. Los reportes y alegatos de abuso de menores deben ser remitidos a la Junta de Revisión, que será mantenida al tanto de la situación en intervalos regulares.

Respuesta para los sobrevivientes

El OPM explicará a la persona que presenta el alegato de abuso de menores cuál procedimiento seguirán los SP en respuesta a dicho alegato y le proveerá una guía escrita que contenga esta información.

Un representante de los SP normalmente ofrecerá reunirse en persona con el individuo que reporte un abuso de menores por parte de un miembro, para promover el proceso de sanación y entender cómo este abuso ha afectado al individuo. Ya sea que la presunta víctima busque reunirse con un representante de los SP, o que no lo haga, los SP mantendrán un trato compasivo y humilde; sin importar la actitud de la presunta víctima, reconociendo que la experiencia de abuso y la dificultad de denunciarlo pueden traer emociones fuertes durante el proceso de la revelación.

En situaciones donde la presunta víctima tenga representación legal, los SP normalmente extenderán un ofrecimiento de reunirse con el individuo mediante su consejería legal. Si esto no es posible, los SP mantendrán documentación sobre las razones y que hablen de cualquier forma alternativa de apoyo pastoral que se haya ofrecido.

Los SP documentarán cualquier intento de apoyar en la sanación de un individuo que se haya acercado a reportar el haber sido abusado sexualmente siendo menor por un miembro actual, un antiguo miembro o un miembro difunto.

Respuesta para un Miembro acusado

El OPM consultará con las autoridades civiles sobre qué es posible en términos de comunicar al miembro acusado. A menos que la autoridad no lo permita, se seguirán las provisiones abajo.

El OPM informará al hermano acusado sobre el alegato de abuso.

El OPM informará al hermano acusado de su derecho de buscar asesoría legal antes de cualquier otra conversación sobre el asunto. Los SP reconocen que el hermano podría necesitar apoyo para contactar dicha asesoría, y proveerán la asistencia si es necesario.

Cuando se recibe un alegato de abuso, si la evaluación inicial del OPM indica que el alegato es posible, los SP se asegurarán de que el hermano contra quien se hace el alegato no tenga acceso a menores sin supervisión por toda la duración del proceso.

El AR, en consulta con la Junta de Revisión y el Anciano Presidente, puede imponer restricciones al hermano acusado por la duración del proceso, incluyendo remover al hermano de sus responsabilidades, reasignar su lugar de habitación, y/o limitar sus movimientos e interacción con ciertas partes según sea apropiado o de ayuda.

El AR o su delegado mantendrá contacto con el hermano acusado durante todo el proceso para mantenerlo al tanto del progreso.

Los SP respetarán los derechos del hermano acusado bajo la ley civil.

Comunicación con otros

Los SP se comunicarán con la organización donde el presunto abuso haya sucedido, y la organización donde el miembro actualmente provee servicio cuando:

  • Se haya recibido un reporte o alegato de abuso;
  • Haya una investigación externa solicitada por los SP;
  • Se complete dicha investigación;
  • Se tome una decisión por parte de los SP sobre el alegato.

Los SP también notificarán a las autoridades relevantes en la Espada del Espíritu: locales e internacionales, durante cada una de las ocasiones enumeradas arriba.

Toda la comunicación se hará de tal manera que no se ponga en riesgo la investigación de las autoridades civiles.

Cooperación con las autoridades civiles

En casos de potencial abuso donde las autoridades civiles decidan investigar, los SP cooperarán y no interferirán con su investigación.

Sección 6: El Oficial de Protección de Menores

Habrá un SP designado como ‘oficial de protección de menores’ (OPM) en cada región SP.

Los OPM manejarán cualquier asunto o preocupación relacionada con la protección de menores que  conozcan o que haya sido avisada acerca de los SP.

El OPM para una región SP será normalmente nombrado entre alguno de los hermanos que sirva como administrador en esa región. Actuará de parte de los SP como quien es responsable de asegurar que todos los pasos requeridos sean tomados al tratar con asuntos de protección de menores. También habrá un OPM delegado que actuará de parte del OPM si este está incapacitado o no está disponible para llevar a cabo sus responsabilidades. Estas posiciones serán nombradas por el Anciano Regional, y aprobadas por la junta corporativa de cada región, el Anciano Presidente y el Administrador Mayor. Los miembros SP y los representantes apropiados de organizaciones en que los hermanos estén involucrados serán informados de quién es el OPM de su región.

El rol del OPM incluirá las siguientes funciones:

  • Asegurar que la Política de Salvaguarda de menores sea implementada y confirmar que sea revisada anualmente por todos los hermanos SP en su región.
  • Asegurar que se provea entrenamiento en la implementación de la política y en prevención de abuso a todos los miembros.
  • Asegurar que cualquier preocupación o alegato de abuso que concierna actividades o hermanos SP sea respondida apropiadamente y se tomen las acciones necesarias. (Ver sección 5)
  • Asegurar que ocurra la comunicación con las partes apropiadas si hay alegatos hechos sobre un miembro SP. (Ver sección 5)
  • Asegurar que se realicen revisiones de antecedentes penales para cualquier hermano cuando sea relevante y permitido (o requerido) por la ley, particularmente para hermanos que trabajan con menores.
  • Confirmar que las organizaciones en que están asignados los miembros SP tengan salvaguardas adecuadas para protección de menores que sean compatibles con los términos de la política de protección de menores de los SP. Si este no es el caso, revisar con el liderazgo SP la sabiduría de tal asignación y si esta es recomendable.
  • Comunicar anualmente a las organizaciones a las que un miembro SP sea asignado que el OPM SP debe ser informado inmediatamente si surge cualquier asunto de protección de menores o preocupación sobre ese miembro.
  • Supervisar, mantener y actualizar, en consulta con el AR, cualquier intervención y plan de seguridad que esté siendo ejecutado.
  • Como parte del proceso de tomar una decisión de mover a un hermano de una región a otra, comunicar cualquier y todo asunto de protección de menores que se relacione con el hermano siendo movido, al OPM y el Anciano Regional de la región donde el hermano está siendo enviado.

El OPM será responsable de almacenar de forma segura toda información escrita relacionada con políticas de protección de menores, alegatos, preocupaciones que han surgido, acciones tomadas y comunicaciones relacionadas. Estos registros serán mantenidos indefinidamente, sujetos a requerimientos legales que apliquen.

El OPM mantendrá un registro escrito de hechos sobre preocupaciones expresadas y/o alegatos hechos, de comunicaciones con diversas personas y organizaciones, así como los pasos específicos que se hayan tomado a lo largo del proceso de respuesta.

Si y cuando se necesite, el OPM puede delegar algunas de las tareas y/o buscar la ayuda de otra persona o personas para asegurar la ejecución de sus responsabilidades, mientras mantenga clara supervisión de todo el proceso. Cualquiera que asista al OPM mantendrá la confidencialidad.

El OPM buscará consejo de agencias nacionales, civiles, legales u otros según sea apropiado.

Sección 7: Selección y formación inicial

Selección de nuevos candidatos

Los siguientes requisitos de selección están particularmente diseñados para evaluar el potencial riesgo de abuso que tenga un candidato. Los candidatos serán específicamente monitoreados para identificar si hay un historial de abuso sexual de menores, de consumo intencional de pornografía infantil, o de traspaso de límites con menores.

Para cada nuevo candidato, los SP mantendrán documentación:

  • Una revisión de antecedentes penales, y un registro oficial nacional de la lista de ofensores sexuales en los países donde esté disponible. Si no es posible hacer una revisión de antecedentes penales por las limitaciones de un país, esto también se documentará.
  • Tres referencias personales documentadas (incluyendo al menos una de un miembro de la familia)
  • Entrevistas en persona con más de un representante de los SP.
  • Una evaluación psicológica conducida por un profesional de la salud mental con licencia.
  • Un historial psico-sexual conducido por un profesional de la salud con licencia y con capacidad de llevar a cabo historiales psico-sexuales y de valorar la salud psico-sexual en preparación para una vida de castidad y celibato.
  • Una revisión de contenido accesible públicamente en todas las redes sociales, blogs personales y sitios web asociados con cuentas controladas por el candidato.

Los directores vocacionales y directores de formación recibirán entrenamiento y educación para ayudarlos a identificar candidatos que puedan presentar riesgo de abusar sexualmente a un menor.

Formación inicial de Miembros (para la definición de un “miembro” ver la sección 2)

Los SP están comprometidos a apoyar a los miembros en la formación y proveerles las herramientas necesarias para desarrollar una sexualidad madura. A este fin, los SP han desarrollado un plan de formación con los siguientes objetivos para cada etapa de nuestro proceso de formación:

Los SP proveerán educación para los miembros en formación sobre cómo desarrollar una sexualidad madura como base para la castidad y celibato.

Los SP aseguran que los miembros en formación sean animados a identificar y lidiar con los retos de mantener la castidad y el celibato, así como relaciones personales saludables.

Un miembro en formación que sexualmente abuse a un menor tendrá prohibido continuar en los SP.

Un miembro en formación que sea incapaz de mantener límites apropiados con menores, a pesar de las guías y la instrucción, no podrá continuar en los SP.

Sección 8: Apoyo y rendición de cuentas

Al asegurar que todos los miembros participan en sistemas de apoyo y rendición de cuentas, los SP son más capaces de reconocer problemas potenciales rápidamente, y posiblemente prevenir el abuso sexual de menores.

Entrenamiento para la prevención de abuso (y temas relevantes)

Los SP se asegurarán de que sus miembros sean educados respecto a la prevención de abuso de menores, dando especial atención a temas que son de particular relevancia a la vida consagrada y el trabajo que los SP llevan a cabo.

Los Hermanos recibirán entrenamiento constante en la Política de Salvaguarda de Menores de los SP, y recibirán constante educación cada año en temas que apoyen la prevención de abuso.

Se proveerán programas educativos de las organizaciones donde los miembros SP lleven a cabo su servicio. Se anima a los miembros a documentar cualquier programa completado y proveer prueba de estos programas al OPM.

Solo el Anciano Regional y/o el OPM pueden excusar a un miembro de requisitos educativos por dificultades físicas o médicas.

Medidas de apoyo y rendición de cuentas para los miembros

El Anciano Regional o su delegado deben reunirse anualmente con cada miembro, y si ha surgido un problema de protección se debe informar al OPM.

Los SP comunicarán anualmente los nombres de su OPM y Anciano Regional, sus respectivas informaciones de contacto así como cualquier información relevante a la protección, a cualquier organización en que los miembros trabajen en una posición de confianza con menores.

Los SP proveerán apoyo apropiado y rendición de cuentas a un miembro que revele que esté atraído a menores, pero que no se ha comportado inapropiadamente con ellos.

Sección 9: La Junta de Revisión

Cada región SP tendrá una junta de revisión que funcionará como cuerpo de consulta confidencial para el Anciano Regional y el Anciano Presidente.

Los propósitos de la Junta de Revisión son:

  • Aconsejar a los SP sobre acciones pastorales y disciplinarias apropiadas cuando se hayan hecho alegatos sustanciales contra un SP.
  • Aconsejar a los SP sobre acciones pastorales y disciplinarias apropiadas cuando se hayan hecho alegatos sin fundamento contra un SP.

Este rol es particularmente importante en situaciones en que las autoridades civiles no estén involucradas, decidan no involucrarse o estén involucradas pero no dictaminen de ninguna forma definitiva; p.ej., que no presenten cargos.

  • Revisar planes de intervención y planes de seguridad que estén en acción con miembros SP.
  • Revisar y aconsejar a los SP en su política de protección de menores y la forma en que manejan asuntos de protección de menores.

La Junta de Revisión estará compuesta por al menos cinco miembros, de los cuales todos son de alta integridad y buen juicio. Al menos un miembro tendrá experiencia en la prevención de abuso de menores, y al menos un miembro será una mujer. Los miembros de la EDE no serán una mayoría en el Panel.

Los miembros de la Junta de Revisión serán nombrados por el Anciano Regional y aprobados por la junta corporativa de la región, el Anciano Presidente, el Administrador Mayor, y el Coordinador Regional Externo de la EDE correspondiente.

Los miembros de la Junta de Revisión servirán por plazos de cinco años.

Los miembros de la Junta de Revisión se reunirán al menos una vez al año con el Anciano Regional y el OPM regional. Las reuniones pueden ser hechas por conferencia virtual.

Cuando no haya eventos o problemas específicos que requieran la acción de la Junta en el momento en que se hace la reunión, esta se usará por los SP como un vehículo externo de actualización y rendición de cuentas.

El AR y el moderador de la Junta de Revisión se asegurarán que el Panel reciba entrenamiento adecuado para cumplir sus tareas.

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